Miércoles 30 de enero de 2013.
La máxima autoridad de la región (S), José Pedro Núñez junto al Director Regional de la ONEMI, Guillermo de la Maza; el Superintendente del Cuerpo de Bomberos de Viña del Mar, Fernando Recio; el subprefecto Luis Vallejos, jefe PDI Viña del Mar; y el mayor Jaime Zúñiga, de la Primera Comisaría de Carabineros, recorrieron este martes 29 de enero, los diferentes pubs de San Martín para inspeccionar, a modo de prevención, las medidas de seguridad que los locales nocturnos deben tener para sus clientes.
La medida preventiva que se realizó a raíz del fatal accidente que dejó a más de 200 muertos en una discoteque en Brasil y cuyo fin es resguardar la seguridad de los viñamarinos y turistas que disfrutan en la región, contempló la visita a los locales “Hollywood”, “Locos x Viña”, “Tutix”, “Alcazaba”, “Buffalo”, entre otros.
Cabe señalar que en esta primera ronda de seguridad, las autoridades y encargados de seguridad pública observaron fallas, y dejaron constancia a los locatarios que durante los próximos días se realizará un segundo control con los mismos organismos de seguridad donde se procederá a cursar partes por infracciones al “Reglamento Sanitario y de Seguridad” que rige a lugares de uso masivo.
Las debilidades más presentes fueron: falta y mala ubicación de extinguidores, carencia de señalizaciones visibles de vías de escape, poca iluminación en escaleras, sistema débil o nulo de generadores eléctricos en caso de corte de luz, y malas vías alternativas de escape.
Facultad de Bomberos
Es importante destacar que la ley Nº 20.389, publicada en el diario oficial en octubre del año 2009, faculta a los Cuerpos de
Bomberos para inspeccionar las Condiciones de Seguridad de Edificaciones, la seguridad contra incendio establecidas en la normativa vigente y el funcionamiento de las instalaciones de emergencia de los edificios, debiendo dejar constancia de sus observaciones en el Libro de Obras.
En caso de constatar que no se cumplen las condiciones de seguridad previstas en el plan de evacuación, el Comandante del Cuerpo de Bomberos respectivo dará cuenta por escrito del resultado de la inspección al Director de Obras Municipales, a fin de que se adopten las medidas establecidas en el artículo 20 de la ley General de Urbanismo y Construcciones. (Multa a beneficio Municipal aplicada por el Juez de Policía Local respectivo).
Finalmente, establece que Conjuntamente con la solicitud de recepción de las edificaciones cuya carga de ocupación sea igual o superior a 100 personas, destinadas a edificaciones colectivas, equipamientos y actividades productivas se deberá adjuntar (a la Dirección de Obras respectiva) una copia del plan de evacuación ingresado al Cuerpo de Bomberos respectivo (el que atiende los servicios de la respectiva comuna).
Esta facultad que se otorga a Bomberos, junto con significar un reconocimiento a su labor, tiene por objeto permitir a Bomberos conocer con anticipación los potenciales riesgos a los que se enfrentan en caso de presentarse una emergencia, conocer los elementos de seguridad contra incendio de las edificaciones y su funcionamiento, de manera que puedan tener elementos de juicio que les permitan tomar las decisiones oportunas para el combate y control del incendio y sin que el ejercicio de las facultades de inspección signifique desembolso económico para las personas, pues no significa una obligación de certificar condiciones de seguridad, sino que de ejercer facultades de inspección orientadas a la prevención.
